MIÉRCOLES, 18 DE ABRIL DE 2012 – BOC NÚM. 75
AYUNTAMIENTO DE VILLACARRIEDO
Convocatoria de concesión de subvenciones para fi nalidades culturales,
deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, ocio, benéfi cas y
sociales para 2012.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal reguladora de la concesión de subvenciones para fi nalidades culturales, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, de ocio, benéfi cas y de sociales, se efectúa la convocatoria para el presente ejercicio conforme a las siguientes condiciones:
1. Podrán solicitar subvenciones al Ayuntamiento de Villacarriedo:
a) Entidades y asociaciones sin fi nalidad de lucro legalmente constituidas y domiciliadas en el término municipal.
b) Personas físicas, en representación particular de un grupo para iniciativas de carácter esporádico, sin fi nalidad de lucro, con residencia en el término municipal.
c) Excepcionalmente, se podrán subvencionar actividades promovidas por entidades o personas físicas que no radiquen en el término municipal, siempre que a juicio del Ayuntamiento redunden en benefi cio del municipio, o del interés general.
d) Las ayudas específi camente destinadas al fomento y la organización de fi estas populares tradicionales no se regularán por esta Ordenanza, sino por acuerdo de la Junta Local de Gobierno o Comisión Informativa correspondiente, dependiendo de la cuantía de las ayudas a conceder, que fi jará las normas del procedimiento y justifi cación de la subvención que se asigne a cada caso.
2. No serán objeto de subvención:
a) Las actividades que tengan lugar fuera del ámbito territorial del término municipal de Villacarriedo, con excepción de lo establecido en el artículo 5 c).
b) Las actividades singulares que formen parte de un programa de actos que hayan sido objeto de subvención municipal.
c) Los gastos derivados del funcionamiento, como alquiler, nóminas, teléfono, luz o similares.
3. Presentación de solicitudes:
La solicitud se presentará según modelo normalizado que fi gura en el anexo del presente anuncio, en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de veinte días, a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio. Si alguna solicitud no reuniese la totalidad de los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane
los defectos apreciados o acompañe los documentos preceptivos, entendiéndose de no atender tal requerimiento que rechaza voluntariamente la posibilidad de percibir subvenciones.
4. Los peticionarios habrán de presentar junto con la instancia, la documentación siguiente:
1. Descripción de la actividad o actividades que pretenden desarrollar, con el presupuesto
detallado de las mismas, especifi cando ingresos y gastos. Incluirá, al menos, los fi nes que se persiguen, lugar y fechas de celebración y número de participantes o benefi ciarios.
2. Si se trata de la primera petición desde la aplicación de la presente Ordenanza, un ejemplar del Estatuto, si es una Asociación o Patronato.
5. Los criterios para el otorgamiento de las subvenciones son los dispuestos en la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones para fi nalidades culturales, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, de ocio, benéfi cas y de sociales.
ANEXO
Modelo de solicitud
Don…………………………………………………………………………..con DNI…………………………….., y
con domicilio en………………………………………………………………………………………………………, en
nombre propio (o en representación de la [asociación, club, peña,
etc.])………………………………………………………………………………………………………………………., con
domicilio en ………………………………………………………………………………………………………………,
teléfono………………………………., enterado de la convocatoria de subvenciones
efectuada por el Ayuntamiento de Villacarriedo,
SOLICITA:
-Una subvención de………………euros, para…………………………………………………………………..
A tal objeto presenta la documentación requerida en la Ordenanza Municipal
reguladora de la concesión de subvenciones para finalidades culturales, deportivas,
docentes, juveniles, sanitarias, de ocio, benéficas y de sociales.
Villacarriedo, a… de…de…
Firmado.
Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Villacarriedo.
Villacarriedo, 9 de abril de 2012.
El alcalde,
Ángel Sainz Ruiz.
2012/4896