Jueves 26 de Abril de 2012
Por la Comisión Gestora de la Mancomunidad, en sesión de fecha 17 de abril de 2012, se aprobó la a modifi cación del artículo 4, apartado 3º de la Ordenanza reguladora del Precio Público de Ayuda a Domicilio, que queda redactado en la siguiente forma:
«Artículo 4.3.- Determinada la renta mensual disponible conforme a lo indicado en los apartados anteriores, el precio a satisfacer por hora de prestación del servicio se liquidará con arreglo a las siguientes tarifas:
Renta disponible mensual Precio público/hora SA ordinario o especializado
Hasta 192,42 € 0,00 €
Desde 192,44 hasta 256,56 € 1,25 €
Desde 256,57 hasta 320,70 € 2,50 €
Desde 320,71 hasta 384,84 3,75 €
Desde 384,85 € 5,06 €
Contra el referido acuerdo defi nitivo podrá interponerse recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación del presente anuncio en el BOC.
Penagos, 17 de abril de 2012.
El presidente,
José Carlos Lavín Cuesta.