Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 1/2012
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177.2 del mismo precepto, y artículo 20.3
en relación con el 28.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público para general conocimiento, que esta Corporación, en sesión plenaria celebrada el día 29 de junio de 2012, adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente número 1/2012 de modificación de crédito; que afectan al vigente presupuesto de esta Corporación de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos de gastos y de ingresos: