Convocatoria de concesión de subvenciones para fi nalidades culturales, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, de ocio, benéfi cas y de servicios sociales para 2013.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal reguladora de la Concesión de Subvenciones para Finalidades Culturales, Deportivas, Docentes, Juveniles, Sanitarias, de Ocio, Benéfi cas y de Servicios Sociales, se efectúa la convocatoria para el presente ejercicio conforme a las siguientes condiciones:
1. Podrán solicitar subvenciones al Ayuntamiento de Castañeda:
a) Entidades y asociaciones sin fi nalidad de lucro, legalmente constituidas y domiciliadas en el término municipal.
b) Personas físicas, en representación particular de un grupo para iniciativas de carácter esporádico, sin fi nalidad de lucro, con residencia en el término municipal.
c) Excepcionalmente, se podrán subvencionar actividades promovidas por entidades o personas físicas que no radiquen en el término municipal, siempre que a juicio del Ayuntamiento reanuden en benefi cio del municipio, o del interés general.
d) Las ayudas específi camente destinadas al fomento y la organización de fi estas populares tradicionales no se regularán por esta Ordenanza, sino por acuerdo de la Junta Local de Gobierno o Comisión Informativa correspondiente, dependiendo de la cuantía de las ayudas a conceder, que fi jará las normas del procedimiento y justifi cación de la subvención que se asigne a cada caso.
2. No serán objeto de subvención:
a) Las actividades que tengan lugar fuera del ámbito territorial del término municipal de Castañeda, con excepción de lo establecido en el artículo 5c).
b) Las actividades singulares que formen parte de un programa de actos que hayan sido objeto de subvención municipal.
c) Los gastos derivados del funcionamiento, como alquiler, nóminas, teléfono, luz o similares.
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