Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a defi nitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la la «Ordenanza reguladora de terrazas emplazadas en dominio público local», cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA REGULADORA DE TERRAZAS EMPLAZADAS EN DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Artículo 1.- FUNDAMENTO
El presente texto se aprueba en ejercicio de la potestad reglamentaria reconocida al Municipio de Santa María de Cayon -en su calidad de Administración Pública de carácter territorial- en los artículos 4.1.a)-b) y 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y tiene por objeto establecer la ordenación de las terrazas situadas en el dominio público municipal.
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