En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que remite el artículo 177.2 del mismo texto legal y artículo 20.3, en relación el 28.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público que esta Corporación, en sesión plenaria celebrada el 30 de septiembre de 2013, adoptó acuerdo, que se ha elevado a de
finitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos 2/2013, que afectan al vigente presupuesto de esta Corporación de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
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