De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, se anuncia la exposición pública de dichos padrones en las dependencias de los Servicios Municipales de Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOC, a efectos de que por los interesados legítimos puedan presentarse reclamaciones.
En caso de disconformidad con los datos obrantes en los padrones aprobados se podrá formular recurso de reposición, ante el señor alcalde, previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de los padrones, de conformidad con el artículo 14.2.c) del R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales. Asimismo, podrán interponer cualquier otro recurso o reclamación que estimen pertinentes, entendiéndose aprobados los padrones definitivamente en el supuesto de que transcurrido dicho plazo, no se presentara ninguna.
La interposición del recurso no detendrá en ningún caso la acción administrativa para la cobranza, a menos que el interesado solicite dentro del plazo de interposición la suspensión de la ejecución del acto impugnado, a cuyo efecto será indispensable acompañar garantía que cubra el total de la deuda exigida.
Simultáneamente, y para todas aquellas liquidaciones cuya ejecución no hubiera quedado suspendida, se abrirá el periodo de cobro de los recibos incluidos en los citados Padrones conforme al siguiente detalle:
— Concepto: Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica y Urbana.
— Ejercicio: 2014.
— Plazo de ingreso: Desde el día 1 de julio, hasta el 20 de noviembre del 2014, ambos inclusive (período voluntario de cobranza). Los recibos domiciliados se pasarán al cobro el día 22 de julio.
—Lugares, días y horas de ingreso: En cualquier sucursal de Caja Cantabria con presentación de los recibos, que la misma previamente les habrá remitido por correo a su domicilio tributario. Sólo en caso de pérdida o no recepción deberán personarse en las oficinas de este Ayuntamiento. Igualmente el pago se podrá realizar en la Oficina de Recaudación de este Ayuntamiento el día 20 de noviembre en horario de 10:00 a 13:00 horas.
— Medios de pago: De acuerdo con lo establecido en los artículos 34 y siguientes del Reglamento General de Recaudación, en relación con el artículo 60 de la Ley General Tributaria.
Así mismo se podrá hacer uso de la domiciliación en entidades de depósito de acuerdo al artículo 25 del R.D. 939/2005, de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
— Advertencia: Al día siguiente al vencimiento del plazo para el pago en periodo voluntario, se iniciará el periodo ejecutivo, lo que determina la exigencia de intereses de demora y los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General.