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Ayto de Puente Viesgo. Exposición pública padrones Bienes Inmuebles Rústica y Urbana.

By mayo 14th, 2015No Comments

Por Resolución de la Alcaldía, de fecha 5 de mayo de 2015, han sido aprobados los padrones de contribuyentes correspondientes al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica para el ejercicio 2015.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, se anuncia la exposición pública de dichos padrones en las dependencias de los Servicios Municipales de Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento por el plazo de quince días hábiles

contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOC, a efectos de que por los interesados legítimos puedan presentarse reclamaciones.
En caso de disconformidad con los datos obrantes en los padrones aprobados se podrá formular recurso de reposición, ante el señor alcalde, previo al  contencioso-administrativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de los padrones, de conformidad con el artículo 14.2.c) del R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales. Asimismo, podrán interponer cualquier otro recurso o reclamación que estimen pertinentes, entendiéndose aprobados los padrones definitivamente en el supuesto de que transcurrido dicho plazo, no se presentara ninguna.
La interposición del recurso no detendrá en ningún caso la acción administrativa para la cobranza, a menos que el interesado solicite dentro del plazo de interposición la suspensión de la ejecución del acto impugnado, a cuyo efecto será indispensable acompañar garantía que cubra el total de la deuda exigida.
Simultáneamente, y para todas aquellas liquidaciones cuya ejecución no hubiera quedado suspendida, se abrirá el periodo de cobro de los recibos incluidos en los citados Padrones conforme al siguiente detalle:
— Concepto: Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica y Urbana.

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