El objeto de la presente Ordenanza es regular la rotulación, la nominación y la modifi cación, en su caso, de las denominaciones de las vías públicas del término municipal de Corvera de Toranzo así como la numeración de las viviendas, locales y cualquier otro edifi cio del municipio.
La presente Ordenanza tiene su fundamento legal en el artículo 75 del R.D. 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en el que se establece como obligación del Ayuntamiento el mantener actualizadas la nomenclatura y rotulación de las vías públicas, y la numeración de los edificios.
En lo previsto en esta ordenanza se cumplirá lo establecido en la citada Legislación de Régimen Local y en las normas sobre el Padrón Municipal de habitantes.
1. La competencia para la designación de los nombres de las vías públicas, la rotulación de éstas y la numeración de los edifi cios dentro del término municipal de Corvera de Toranzo corresponde exclusivamente al Ayuntamiento.
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