En sesión extraordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Luena el día 30 de mayo de 2013, se aprobó provisionalmente la modifi cación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. No habiéndose producido reclamaciones ni alegaciones contra dicho acuerdo, se entiende aprobado defi nitivamente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se procede a publicar el texto modifi cado de la citada Ordenanza. Dicha modifi cación entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Ofi cial de Cantabria, permaneciendo vigente hasta su modifi cación o derogación expresas.
Contra la aprobación defi nitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, a partir de la publicación en el BOC, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
El texto íntegro de la Ordenanza que ha sido modifi cado es el siguiente:
— Modifi cación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Artículo 4.- El tipo de gravamen será el 4 por ciento de la base imponible.