Mediante Resolución de esta Alcaldía y con fecha 16.02.2015, tras tramitar el oportuno expediente, se concedió licencia de primera ocupación para apartamentos rurales en la plaza Doctor Madrazo, nº 9, de esta localidad, a D. Tomás Abascal Abascal.
Contra el trascrito acuerdo, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con el artículo 52.2º de la LBRL, podrá interponer los siguientes recursos:
1.- Reposición, con carácter potestativo, según lo señalado en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de esta Resolución y ante el mismo órgano que hubiere dictado el acto impugnado.
2.- Contencioso-administrativo ante el Juzgado de Contencioso-Administrativo, con sede en Santander, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución o de la resolución expresa del recurso potestativo de reposición. Si la resolución del recurso de reposición no fuese noti
ficada en el plazo de un mes a contar desde la presentación del mismo, el recurso contencioso-administrativo podrá interponerse en el plazo de seis meses
contados desde el día siguiente a aquel en que se produzco la finalización del plazo de un mes.