Skip to main content

C. de Economía, Hacienda y Empleo. Convocatoria subvenciones contratos de interés general y Social.

By marzo 1st, 2013No Comments

Orden HAC/04/2013, de 18 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2013 de subvenciones en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones y otras instituciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria para la contratación de personas desempleadas en la realización de servicios de interés general y social.

Orden HAC/05/2013, de 18 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2013 de subvenciones a las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus entidades vinculadas o dependientes para la contratación de personas desempleadas en la realización de obras y servicios de interés general y social.

Los servicios a realizar en colaboración con el Servicio Cántabro de Empleo por las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que el proyecto a realizar sea de interés general y social, y se desarrolle en alguno de los siguientes ámbitos:
— Atención a la infancia.
— Mediación familiar.
— Ayudas a jóvenes en difi cultad y con desarraigo social
— Prestación de servicios a domicilio a personas incapacitadas o mayores.
— Servicios de proximidad en el medio rural.
— Desarrollo de la cultura y el deporte.
— Minorías étnicas.
— Desarrollo de sistemas integrados de información profesional para el empleo de carácter intersectorial, de ámbito regional.
b) Que se trate de servicios que se ejecuten preferentemente entre las actividades y ocupaciones que se determinen prioritarias en función de la evolución del mercado de trabajo y de las políticas de empleo, de acuerdo con los criterios fi jados por el Servicio Cántabro de Empleo.
c) Que sean prestados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
d) Que en su prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas que sean contratadas.
e) Que la duración de los proyectos no supere los cinco meses desde la fecha de inicio de los mismos, debiendo, en todo caso, prestarse los servicios en su totalidad dentro del año natural.

Más Información