Por Resolución de la Consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural de fecha 6 de junio de 2013, se aprueba el Proyecto de Ordenanza citada.
De conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 70.2 de la Ley 7/85 reguladora de las Bases de Régimen Local y una vez recibida la conformidad de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, por la presente se procede a la publicación del texto integro de:
ORDENANZA DE PASTOS
El objeto de la presente Ordenanza es regular el aprovechamiento y explotación racional de montes y pastos públicos o comunales, de forma acorde con los usos actuales y la legislación vigente en esta materia.
Artículo 1.- ÁMBITO PERSONAL
Tienen derecho al aprovechamiento de estos pastos:
1. Los vecinos de la Junta que ostenta el dominio de los montes y pastos públicos o comunales, entendiéndose que son vecinos los empadronados en el Ayuntamiento de Corvera de Toranzo (dentro del pueblo de Alceda y Sel del Tojo), que además cumplan con los siguientes requisitos:
a) Ser titular de explotación ganadera inscrita en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA).
b) Permanencia en el pueblo durante al menos 183 días al año.
c) Ser titular de explotación, dedicándose a la actividad agraria, aunque no sea como actividad principal.
d) Haber cumplido los programas establecidos por la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural en materia de sanidad animal y sistemas de explotación y manejo de animales.
2. El titular del derecho de explotación, en caso de pastos sobrantes, cuando su uso o aprovechamiento haya sido objeto de adjudicación en pública subasta.
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