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Hay de plazo hasta el 20 de mayo para aportar la documentación solicitada.

Cuidado personas mayoresSe establece un plazo de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta
Resolución, para que las personas ADMITIDAS a la fase de asesoramiento presenten la siguiente
documentación en el registro delegado de la Dirección General de Trabajo o través de los medios establecidos en el
artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria:
a) Los originales de la documentación aportada junto con la solicitud, para su compulsa.
b) Modelo de ingreso 046 habilitado a tal efecto en el sitio Web de la Dirección General de Trabajo del Gobierno
de Cantabria (www.dgte.cantabria.es) por importe de 26,22 euros en concepto de justificante de tasas.

2. La financiación de esta convocatoria podrá realizarse con fondos provenientes del Servicio Público de Empleo Estatal del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, transferidos a la Comunidad Autónoma de Cantabria en virtud del instrumento jurídico que se disponga.
3. Asimismo, se trata de una programa financiado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
4. Desde la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se dará la adecuada publicidad sobre el origen de dichos fondos.
5. Con el fin de que el Presupuesto de la Dirección General de Trabajo esté adecuadamente dotado en cada momento del procedimiento para hacer frente a los gastos que del mismo se deriven, la Dirección general de Formación Profesional y Educación Permanente y el Servicio Cántabro de Empleo le transferirán el crédito suficiente para tal fin.
Segundo.- Unidades de competencia objeto de la convocatoria.
Las unidades de competencia que se convocan, detalladas en el anexo I, son las incluidas en las siguientes cualificaciones profesionales:
a) (SSC089_2) Atención sociosanitaria a personas en el domicilio.
b) (SSC320_2) Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.3 de la Orden PRE/15/2012, de 20 de abril, el número de personas que podrán acceder a la fase de asesoramiento es de 384, con arreglo a la siguiente distribución:
a) 294 plazas para las unidades de competencia de la cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, de las cuales:
— 280 plazas estarán destinadas a personas ocupadas.
— 14 plazas estarán destinadas a personas en situación de desempleo, inscritas en los servicios públicos de empleo.
b) 90 plazas para las unidades de competencia de la cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, de las cuales:
— 80 plazas estarán destinadas a personas ocupadas.
— 10 plazas estarán destinadas a personas en situación de desempleo, inscritas en los servicios públicos de empleo

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