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Orden INN/19/2012. Convocatoria línea financiación préstamos bonificados FOMIT

By mayo 23rd, 2012No Comments

Miércoles, 23 de Mayo de 2012

Orden INN/19/2012, de 7 de mayo, por la que se procede a la apertura y convocatoria, para el año 2012, de la línea de financiación de préstamos bonificados con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT).
La Iniciativa de Modernización de Destinos Turísticos Maduros, regulada por Real Decreto 1916/2008, de 21 de noviembre (««Boletín Ofi cial del Estado»» de 3 de enero de 2009), tiene por finalidad apoyar financieramente los planes de renovación, modernización y reconversión integral de destinos turísticos maduros que se desarrollen paralelamente por las Administraciones locales y por las empresas turísticas privadas.

 Objeto, régimen jurídico y recursos.
1. Por la presente Orden se procede a la apertura y convocatoria, correspondiente al ejercicio 2012, de la línea de préstamos bonifi cados de la Comunidad Autónoma de Cantabria con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT).
2. El Fondo fi nanciero del Estado para la modernización de las infraestructuras turísticas (FOMIT) se rige por las normas contenidas en la disposición adicional cuadragésima tercera de la Ley 42/2006, de 28 de  diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, en la redacción dada a la misma por la disposición fi nal decimocuarta, apartado dos, de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, y por las disposiciones del Real Decreto 937/2010, de 23 de julio («Boletín Ofi cial del Estado» de 24 de julio) y por la presente Orden.
3. Los recursos para fi nanciar las operaciones con cargo al FOMIT provienen de las dotaciones que al fondo asignen anualmente los Presupuestos Generales del Estado, de los remanentes de ejercicios anteriores y de las devoluciones o retornos de operaciones realizadas con cargo al mismo. Su dotación para esta línea de préstamos, con cargo al presente ejercicio, asciende a 128.000.000 de euros para todo el Estado español, de acuerdo con la Resolución de la Secretaría de Estado de Turismo de 22 de marzo de 2012, por la que se fi ja el volumen de recursos del FOMIT destinado a las operaciones de préstamos bonifi cados correspondientes a la convocatoria 2012, destinándose 90.000.000 de euros para préstamos destinados a las Entidades locales, organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales, y sociedades mercantiles locales, y 38.000.000 de euros para préstamos destinados a consorcios o entidades constituidas para ejecutar proyectos que se desarrollen en el marco de un
Plan de reconversión o modernización integral de un destino turístico maduro, en las cuales participe la Administración General del Estado junto con otra u otras Administraciones Públicas o entidad públicas o privadas.
4. En ningún caso, con cargo al FOMIT, se podrán conceder ayudas que puedan tener por efecto el otorgamiento, a una o más empresas, de ventajas que puedan dar lugar al falseamiento de la competencia en el mercado interior y que sean susceptibles de afectar a los intercambios comerciales entre los Estados miembros.
Artículo 2.- Benefi ciarios, requisitos y características de la línea de fi nanciación.

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