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Orden SAN/19/2012. Convocatoria subvenciones entidades privadas en materia de servicios sociales

By mayo 23rd, 2012No Comments

Miércoles, 23 de Mayo de 2012

Orden SAN/19/2012, de 10 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales en el año 2012.
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a financiar en 2012 los proyectos en materia de servicios sociales a que se refi eren los apartados siguientes.
2. Podrá subvencionarse el mantenimiento y funcionamiento de las entidades privadas sin ánimo de lucro, en cuantía máxima de 35.000 Euros para ambos conceptos conjuntamente.

a) El mantenimiento de la entidad, que incluirá la fi nanciación de los gastos corrientes en bienes y servicios derivados de los locales en que se desarrolle la actividad de la entidad, así como los suministros y gastos de comunicación.
b) El funcionamiento y desarrollo de las actividades propias y habituales de la entidad, que comprenderá los gastos derivados del personal de dirección, gestión, administración y servicios generales de la misma, así como de actividades de información y orientación dirigidas a sus asociados y personas objeto de atención.
3. Podrá ser objeto de subvención la ejecución de programas sociales por las entidades privadas sin ánimo de lucro. Se entenderán por programas sociales las actividades y acciones específi camente planifi cadas para la consecución de un objetivo determinado, en un tiempo limitado, dirigidas a atender necesidades de las personas en el ámbito de la autonomía personal y de la exclusión y participación social. Cuando los programas impliquen prestación de
servicios, se requerirán las autorizaciones especiales que se regulen en la normativa específica que resulte de aplicación. En este concepto se subvencionarán los gastos de personal y del material específi co para el desarrollo del programa subvencionado. Se admitirá que un 10%
del coste total del programa sean gastos generales.
4. Los programas sociales objeto de esta convocatoria deberán ser realizados en el ejercicio 2012.
5. Con cargo a la presente convocatoria solamente podrá subvencionarse un máximo de cuatro programas por entidad.
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