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Ayto de Miera. Convocatoria de subvenciones para finalidades deportivas, culturales, juventud.

By noviembre 25th, 2024No Comments

De acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Reguladora para el otorgamiento de Subvenciones y Ayudas, por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Miera de fecha 30 de octubre de 2013, se efectúa la convocatoria para el presente ejercicio conforme a las siguientes condiciones:
La regulación de las condiciones y documentos a presentar están determinados en la Ordenanza Reguladora para el otorgamiento de subvenciones.
El plazo para formular solicitudes será de veinte días hábiles, exceptuando sábados, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOC.
1. Podrán solicitar subvenciones al Ayuntamiento de Miera.
a) Entidades y Asociaciones sin fi nalidad de lucro legalmente constituidas y domiciliadas en el término municipal.
b) Personas físicas, con residencia en el término municipal.
c) Excepcionalmente, se podrán subvencionar actividades promovidas por entidades o personas físicas que no radiquen en el término municipal, siempre que a juicio del Ayuntamiento redunden en benefi cio del municipio, o del interés general.

2. No serán objeto de subvención
a) Las actividades que tengan lugar fuera del ámbito territorial del término municipal de Miera, con excepción de lo establecido en el artículo 5 c) de la Ordenanza.
b) Los gastos derivados del funcionamiento, como alquiler, nóminas, teléfono, luz o similares.

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