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Ayto de Penagos.Modificación Ordenanza reguladora IBI

By noviembre 25th, 2024No Comments

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Penagos, sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, procediéndose a la publicación del texto íntegro de la modificación, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES «Artículo 7º.- Tipo de gravamen y cuota.
1. La cuota íntegra del Impuesto es el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen.
2. El tipo de gravamen será el 0,42 por ciento cuando se trate de bienes urbanos y el 1,05 por ciento cuando se trate de bienes rústicos. La cuota íntegra del Impuesto es el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen.
3. El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de características especiales será el 0,6 por ciento.
La cuota líquida se obtendrá minorando la cuota íntegra en el importe de las bonificaciones previstas en los artículos 5 y 6 de esta Ordenanza.

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